Resumen: PRIMERO.- El Recurso de Apelación ha sido indebidamente admitido en base al articulo 85.5 LJCA, una vez que la cuantia del pleito de 1.004 ?, caracteriza al mismo inequivocamente, como de instancia unica, sustraido a la segunda instancia de acuerdo con el articulo 81.1.a) de la LJCA.
Resumen: PRIMERO.- POSICIÓN DE LA PARTE DEMANDANTE.